Este jueves comienza a regir la Ley Karin, que modifica el Código del Trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.

La norma, promulgada en enero, actualiza e incorpora definiciones legales, añade medidas de prevención y resguardo y perfecciona los procedimientos de investigación, implementando y adecuando la normativa nacional a los parámetros establecidos en el Convenio N°190, Sobre la Violencia y el Acoso, de la Organización Internacional del Trabajo, que Chile ratificó en 2023.

La ley establece que «las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que implica la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y a erradicar la discriminación basada en dicho motivo».

En ese marco, redefine que el acoso laboral, «toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio», se entenderá como tal «ya sea que se manifieste una sola vez» o de manera constante, a diferencia del articulado vigente que precisaba que las acciones debían ser «reiteradas».

También agrega el concepto de «violencia en el trabajo», que apunta a aquella «ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las trabajadoras y a los trabajadores, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios, entre otros».

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